Efectos de la reforma tributaria

Entérate de los efectos de la reforma tributaria en empresas para el 2023

5 Enero 2024

Descubre cuáles serán los efectos de la reforma tributaria en empresas para el 2023 y organiza tus procesos para ofrecer una remuneración flexible que mejore la vida de tus empleados y beneficie a tu empresa. ¡Encuentra aquí toda la información!

El gobierno actual radicó ante el Congreso de la República el Proyecto de Ley 118 el pasado 08 de agosto de 2022. Después de 3 meses desde su presentación, el Senado y la Cámara de Representantes aprobaron la actual Reforma Tributaria. De los temas que generaron más discusión fueron las modificaciones en renta para personas naturales.

 No se trata de un asunto menor y te contamos por qué:  

Con la nueva Reforma Tributaria de 2022, el gobierno colombiano busca recaudar 25 billones de pesos, no obstante, con los cambios hechos al documento, se proyecta que el recaudo se redujo a 20 billones para el 2023 y 23 billones de pesos más que serán recaudados para el 2026.

Por eso, traemos una guía para que las nuevas disposiciones no te tomen desprevenido con relación a gastos administrativos, nómina y costos laborales.  

 ¿Qué es una reforma tributaria?

Una reforma tributaria es un cambio del régimen de impuestos. Generalmente se hace para subir el recaudo de los mismos, aumentando la base de las personas que tributan o incorporando más personas o firmas para que contribuyan con impuestos de renta, de valor agregado y otros.

 Así, con este plan como base, una reforma tributaria se propone hacer modificaciones sobre el sistema de recaudación de impuestos en el país para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas en el futuro.  

 ¿Y cómo afecta la reforma tributaria 2022 a mi empresa? ¡Sigue leyendo!

 ¿Cómo puedo reducir el impacto que genera la reforma tributaria en mi empresa y en mis colaboradores?

Después de este repaso, hacemos énfasis en que una de tus preocupaciones, además, es la apuesta por mejorar la calidad de vida de tus empleados, teniendo en cuenta el nivel de inflación más alta de este siglo y el próximo aumento del salario mínimo. Si necesitas una forma para incentivarlos que no te cueste más y mejore la vida de tus empleados y sus familias, tenemos respuestas para ti.

Entonces ¿qué puedes tener en cuenta, como departamento de Recursos Humanos, para mejorar la calidad de vida de tus empleados e incentivarlos?

Datos claves para los empleados de tu empresa:

Para ayudar a los empleados de tu empresa con remuneración adicional que no te cueste más y sea un ingreso no constitutivo de renta, debes tener en cuenta nuestra solución Pluxee Canasta, antes Canasta Pass:

  •  Gracias a esta solución, disminuyes el impacto en la retención en la fuente de tus colaboradores, ya que es un ingreso no constitutivo de renta (Artículo 387-1) impactando en el bienestar de ellos y sus familias.
  • Con la flexibilización salarial se puede pagar con Pluxee Canasta, antes Canasta Pass hasta el 40% del salario del empleado (sin afectar el salario mínimo).

Siendo así, el empleado declara renta sobre el porcentaje que no está flexibilizado. (Por ejemplo, Si se flexibiliza el 30%, el empleado declara renta sobre el 70% de su salario) Por otro lado, la empresa paga salud, pensión y parafiscales sobre ese mismo porcentaje flexibilizado. (Es decir, no paga estos valores sobre el 100% del salario de su empleado sino sobre el 70% en caso de que pague 30% con Pluxee canasta, antes Canasta Pass).

Gracias a la flexibilización salarial, cada empresa decide con su empleado de cuánto será, y este será un acuerdo previo entre ambas partes.

4 formas en las que puedes implementar nuestra solución Pluxee Canasta, antes Canasta Pass en tu empresa:

  • Beneficio tributario pleno o recomposición salarial: este es un beneficio para el empleado, pues el porcentaje (%) de salario que le pagan con tarjeta Pluxee Canasta, antes Canasta Pass es deducible en su declaración de renta (Hasta 41 uvt mensual) pero la empresa hace todos los pagos y aportes parafiscales por el valor total de su salario (Incluyendo lo que se le paga con Pluxee Canasta, antes Canasta Pass).
  • Incrementos / nivelaciones salariales: Con este esquema se beneficia el colaborador (Declara renta sobre su salario excluyendo el valor pagado con nuestras tarjetas de alimentación) y el empleador con deducción de costos laborales. (Paga parafiscales y aportes de ley con el salario base del empleado sin incluir el valor pagado con las tarjetas de alimentación).
  • Programa de beneficios: Tus colaboradores se benefician, pues perciben más dinero y declaran sobre su salario excluyendo el valor de Pluxee Canasta, antes Canasta Pass. Y como empleador, robusteces tu programa de beneficios.
  • Compensación flexible o flexibilización salarial:  El porcentaje (%) que se le paga en Pluxe Canasta, antes Canasta Pass, al ser un pago no constitutivo de salario, no declara renta (Solo declara sobre el porcentaje que constituye salario). Beneficio para el empleador: disminución en costos laborales, ya que paga los parafiscales de su empleado sobre el porcentaje (%) que constituye salario. 

¿Quieres saber más de cómo puedes ayudar durante épocas difíciles a tus trabajadores, darles más con beneficios a tu empresa? Te contamos en este video:

Impacto de la reforma tributaria en las empresas colombianas

Acá te presentamos una guía con tres modificaciones claves que no puedes pasar por alto.

1. Ajustes en el impuesto a la renta e IVA

Este Impuesto sobre el Valor Añadido que grava el consumo. Es un incremento de un porcentaje en el precio de cada artículo que se compra y de cada servicio que se recibe. Frente a este, es importante resaltar que:

Se derogan los llamados días libres de IVA.

Se deroga la exención del IVA, arancel e impuesto nacional sobre gasolinas y ACPM en municipios fronterizos. 

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2. Subsidio a la nómina

Las actualizaciones para personas naturales son:

  • Todas las canastas de ingresos deben agruparse para aplicar la tasa CIT.
  • Se rebaja el umbral del 25% para las rentas laborales exentas.
  • El total de ingresos exentos y deducciones que no excedan el 40% del ingreso imponible o más de USD10.000 por año.
  • Indemnización por seguro de vida que supere las 3.250 UVT (Aprox. COP 123.513.000 FY 2022) sujeta al impuesto a las ganancias de capital.
  • El monto exento del impuesto a la renta por la venta de vivienda es inferior a más de USD26.000.
  • Se rebajan las asignaciones exentas por herencias y similares. 

3. En qué afecta a las personas jurídicas

De acuerdo con la DIAN, la declaración de renta de personas jurídicas es uno de los documentos más importantes que debe generar y presentar una empresa anualmente, ya que recopila todas aquellas actividades económicas realizadas por la compañía. Por esa razón, vale la pena resaltar que, en esta nueva actualización, los principales puntos son: 

1. La tasa del impuesto a las ganancias corporativas se mantendrá sin cambios en 35%.

2. La sobretasa transitoria del 3% del impuesto sobre la renta para determinadas entidades financieras pasa a ser permanente.

3. La tasa del impuesto sobre la renta para empresas calificadas en Zonas Francas permanecerá en 20% sujeta a un requisito de exportación anual.

4. La tasa del impuesto sobre la renta para las Zonas Francas uni-empresariales aumentará al 35% (frente al 20%).

5. Ciertas partidas de ingresos no gravables, deducciones especiales, ingresos exentos y créditos tributarios tendrán un tope del 3% del ingreso neto del contribuyente antes de estas detracciones.

6. La tasa de impuesto a las ganancias de capital aumentará al 30% (frente al 10%).

7. La tarifa del Régimen SIMPLE se reducirá para los últimos tramos de ciertas actividades y montos de ingresos, y se incluye la salud y la asistencia social en el ámbito del impuesto.

8. Las siguientes partidas no gravables quedarán sujetas al Impuesto sobre la renta:

  • Utilidades en la venta de acciones listadas en la Bolsa de Valores de Colombia (actualmente disponibles cuando las acciones son propiedad de una sola persona y no representan más del 10% del total de acciones en circulación).
  • Los beneficios de la negociación de derivados financieros cuyo subyacente sean acciones cotizadas, índices, fondos o carteras colectivas.
  • Dividendos distribuidos en acciones o capitalización de la cuenta de revalorización.
  • La distribución en acciones o capitalización de las utilidades que superen el umbral de renta no gravable previsto en los artículos 48 y 49.
  • Rendimientos de los bonos de seguridad. 

9. Se eliminaría la posibilidad de tomar el Impuesto de Industria y Comercio – como acreditable al 50% contra el Impuesto sobre la Renta. En ese sentido, solo quedaría vigente la posibilidad de tomarlo como una deducción en un 100%.

10. Las siguientes partidas de rentas exentas serán gravables: 

  • Economía naranja.
  • Incentivos a la productividad para la industria agropecuaria.
  • Vivienda VIS e interés prioritario.
  • Nuevas plantaciones forestales.
  • Servicios de transporte fluvial.
  • Creaciones literarias.
  • Cinematografía. 

11. Se deroga el régimen de mega inversiones.

12. Se deroga la tasa del 2% por el servicio de transporte marítimo internacional, realizado por naves o artefactos navales inscritos en el registro colombiano.

13. Se deroga el tratamiento fiscal especial a los ingresos por traducción de obras literarias y científicas, así como a las inversiones en nuevas librerías.

14. Se deroga el régimen de Zona Económica y Social Especial (ZESE). 

Con estos datos en mente, es un momento propicio para mejorar la compensación de tus colaboradores y optimizar tus recursos. 

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